La derogación de los permisos de residencia por inversión en España representa un gran paso en la lucha contra la corrupción, el fraude y la prevención del blanqueo de capitales en nuestro país. Transparency International España (TI-E), en línea con Transparency International, vienen alertando sobre los graves riesgos de blanqueo de capitales, seguridad, fraude, crimen organizado, evasión fiscal y corrupción vinculados con los programas de ciudadanía y residencia por inversión, en inglés usualmente designados como citizenship by investment (también conocidos como “golden passports”), y residence by investment (categoría denominada en la jerga anticorrupción como “golden visas”) cuando no se han previsto en la regulación controles adecuados para la concesión de los mismos.
En España, los permisos de residencia por inversión fueron introducidos por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización para aquellas personas extranjeras no residentes que quisieran realizar en España una inversión significativa de capital y a través de ella adquirir un permiso de residencia por inversión (“Golden Visa”), estableciendo un procedimiento administrativo específico con requisitos muy básicos para las partes solicitantes, plazos muy reducidos y controles muy exiguos en materia de prevención del blanqueo de capitales, fraude o corrupción,.
En el informe “La adquisición de la residencia en España a través de “Golden Visas”, principales riesgos y desafíos” TI-E analizó los riesgos inherentes a este programa tal y como se encontraba regulada su concesión y recomendó al Estado Español “suprimir definitivamente del régimen de concesión de visados y autorizaciones de residencia para inversores (Golden visas), tal y como se ha hecho en otros países europeos, o bien reformar la regulación actual para abordar adecuadamente todas las vulnerabilidades aquí identificadas y permitir sólo tipos activos de inversiones que verdaderamente generen empleo, reactiven de manera significativa la economía y no generen desigualdad”.
El 03 de enero de 2025 se publica en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia que prevé, en la su Disposición final vigesimoprimera, la derogación de los artículos 63, 64, 65, 66 y 67 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que contemplaba el régimen de solicitud de los permisos de residencia por inversión (“Golden Visas”) en España. Esta ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín oficial del Estado.
Extracto normativo de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, en materia de los permisos de residencia por inversión en España:
Disposición final vigesimoprimera. Modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, queda modificada como sigue:
Uno. Se dejan sin contenido los artículos 63, 64, 65, 66 y 67.
Dos. Se introduce una nueva disposición transitoria primera con la siguiente redacción:
«Disposición transitoria primera. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Aquellos inversores o familiares de inversores que, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta disposición transitoria, hubieran presentado la correspondiente solicitud, podrán recibir el visado o autorización correspondiente conforme a la normativa vigente en la fecha de presentación de la solicitud.»
Tres. Se introduce una nueva disposición transitoria segunda con la siguiente redacción:
«Disposición transitoria segunda. Renovaciones de visados y autorizaciones para inversores por adquisición de bienes inmuebles.
Los visados y autorizaciones para inversores que tengan validez a la fecha de la entrada en vigor de esta disposición transitoria, conservarán dicha validez durante el tiempo para el que hubieran sido expedidos.
En el caso de presentarse solicitudes de renovación, se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial.»

